SEGURO SOCIAL Y PAGO DE GASOLINA A CONDUCTORES Y REPARTIDORES DE DIDI Y UBER


FUENTE:  XATACA.COM
25 MARZO 2021

No más “jornaleros digitales“, como es que les describe a repartidores y conductores de Uber, DiDi y similares, la nueva propuesta en cámara de diputados. Vista por El Contribuyente, la iniciativa del diputado Isaías González pretende establecer una regulación sin precedentes en México, pero que sí tiene referentes en otras partes del mundo.

La idea es esencial: brindar un piso de seguridad social mínima a trabajadores de plataformas digitales, una petición que el movimiento #Niunrepartidormenos ya ha hecho desde que fue fundado. La propuesta en cuestión contempla que los trabajadores digitales deben acceder a seguridad social, siendo inscritos por la plataforma o plataformas para las que trabajan. Además deberían firmar un contrato que, entre otras cosas, establezca que la plataforma debe pagar por la gasolina que se consuma haciendo las entregas o los viajes.

 
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El diputado González establece en su propuesta que las plataformas digitales lo tienen todo para “evadir la normativa laboral vigente“, pero asume que su presencia puede ser benigna pues dan oportunidades de trabajo a personas que tienen dificultades para ingresar de lleno al mercado laboral tradicional, y enlista entre ellas a estudiantes y mujeres y hombres con responsabilidades familiares o bien, personas que han estado desempleadas por un largo tiempo.

 

Pero si las plataformas no dan seguridad social, hay merma en el bienestar de las y los trabajadores, explica el diputado González.

La idea es incorporar todo un nuevo capítulo de trabajadores de plataformas digitales en la Ley Federal del Trabajo. Los artículos ahí normarían el quehacer de conductores, repartidores, transportistas, mensajeros “y cualquier otro que con ayuda de herramientas electrónicas a través de plataformas digitales, realicen actividades para uno o varios empleadores“.

El artículo 330-Ñ establece que debería haber un contrato en el que se establezca el monto del salario, la fecha y forma de pago, en el entendido de que el salario podrá pactarse por viaje, entrega, por embargo, por porcentaje, o cualquier otra modalidad que acuerden las partes.

Ahí mismo debería establecerse que los costos por el trabajo perdido a causa de los problemas técnicos en la plataforma “serán asumidos por ésta“.

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Las plataformas además de inscribir al régimen de seguridad social a los trabajadores y tendrían que encargarse del mantenimiento “de los vehículos, equipos y demás herramientas necesarias para la prestación de servicio“. No solo eso: deberían pagar la gasolina empleada y hasta asumir los costos de servicios de telecomunicaciones que necesita el trabajador.

Los trabajadores de las plataformas digitales también tendrían obligaciones, entre las que están cumplir con la jornada de trabajo que elijan, siempre y cuando no se exceda el tiempo que establece la Ley Federal del Trabajo. Además están obligados a comunicar los costos de los servicios de telecomunicaciones y gasolina, así como a “tener mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, vehículos y demás herramientas que se utilicen para la prestación del servicio“. Si los trabajadores tuvieran periodo de inactividad mayor a 60 días sin causa justificada, su contrato sería rescindido.

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La propuesta contempla además que haya una Norma Oficial Mexicana para establecer parámetros para el funcionamiento del sistema de algoritmos de las plataformas digitales y vigilar su funcionamiento. La misma NOM tendría además que normar lo que tiene que ver con el buen uso de la geolocalización de los trabajadores. Finalmente la iniciativa contempla que trabajadores digitales puedan asociarse para conformar sindicatos.

“A nivel mundial las plataformas digitales también han distorsionado la regulación laboral, al cuestionarse si los trabajadores de las plataformas digitales entran dentro de su marco de protección, ya que estas empresas irrumpen en las economías nacionales desconociendo las regulaciones laborales de protección social, así como el marco normativo de la actividad económica en la que se desempeñan. De hecho, al nombrar como ‘socios’, ‘conductores’, ‘colaboradores’ o ‘proveedores’ a sus trabajadores, estas plataformas pretenden fundamentar que se trata de nuevas asociaciones mercantiles, incluso, al definirlos como trabajadores autónomos se trata de eludir la relación laboral y las obligaciones asociadas a ella”.

Documento propuesta del diputado González

EL documento retoma regulaciones similares que han ocurrido en otros países. En California, Estados Unidos, es una discusión que continúa vigente, al igual que en Reino Unido, España, Chile y Uruguay. La propia Organización Internacional del Trabajo se ha posicionado a favor de que haya protección social para trabajadores digitales.

La iniciativa ahora pasa a comisiones en donde será analizada. Si recibe suficiente apoyo podrá convertirse en dictamen para avanzar hacia el pleno de la cámara, en donde tendría que ser votada. Si recibe mayoría a favor, pasaría entonces al Senado de la República. Incluso en el escenario en donde la iniciativa quede suspendida en alguna de las etapas, podría convertirse en un antecedente para que futuras iniciativas en próximas legislaturas retomen la regulación del trabajo en plataformas digitales.

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